AZDR INFORMA Nº 11/25

SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL

Se publicó la Res. 09/25 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil con los nuevos valores del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), conforme el siguiente cronograma:

  • A partir del 1° de Noviembre de 2025: la suma de $ 328.400 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $ 1.642 por hora, para los trabajadores jornalizados.
  • A partir del 1° de Diciembre de 2025: la suma de $ 334.800 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $1.674 por hora, para los trabajadores jornalizados.
  • A partir del 1° de Enero de 2026: la suma de $ 341.000 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, y de $ 1.705 por hora, para los trabajadores jornalizados.
  • A partir del 1° de Febrero de 2026: la suma de $ 346.800, para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $ 1.734 por hora, para los trabajadores jornalizados.
  • A partir del 1° de Marzo 2026: la suma de $ 352.400, para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $ 1.762 por hora, para los trabajadores jornalizados.
  • A partir del 1° de Abril de 2026: la suma de $ 357.800 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $ 1.789 por hora, para los trabajadores jornalizados.
  • A partir del 1° de Mayo de 2026: la suma de $ 363.000 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $ 1.815 por hora, para los trabajadores jornalizados.
  • A partir del 1° de Junio de 2026: la suma de $ 367.800 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $ 1.839 por hora, para los trabajadores jornalizados.
  • A partir del 1° de Julio de 2026: la suma de $ 372.400 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $ 1.862 por hora, para los trabajadores jornalizados.
  • A partir del 1° de Agosto de 2026: la suma de $ 376.600 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $ 1.883 por hora, para los trabajadores jornalizados.
  • Trabajadores beneficiados: todos los trabajadores comprendidos en la LCT, Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador.

Problemas habituales:

Comparación entre el sueldo y el SMVM: para saber si el trabajador devengó una suma que supere el SMVM se compara la suma de los importes salariales brutos devengadas en el mes por cualquier concepto (básico, adicionales de convenio, voluntarios de empresa, a cuenta de futuros aumentos, etc.) con el importe del SMVM fijado para el mes en cuestión.

Conceptos que no se tienen en cuenta para la comparación: no se tienen en cuenta los siguientes conceptos: (i) horas extra devengadas durante el mes, (ii) asignaciones familiares, (iii) beneficios sociales y (iv) las sumas no remunerativas fijadas en numerosos convenios colectivos. En este último punto habrá que estar a las reglas que hubiere fijado cada negociación colectiva.

03/12/2025

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